A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Idear·Respondent Ruiz Fonseca Gabriel Alejandro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía con garantía real, presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca – IDEAR-, en contra de un ciudadano, con el fin de que se libre mandamiento de pago por el valor contenido en un pagaré, originado en un contrato de mutuo, suscrito entre las partes, que se encuentra insoluto.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena indica que se trata de un proceso ejecutivo hipotecario, con garantía real de hipoteca sobre un inmueble, por lo que es dable reiterar la regla de decisión del Auto 1089/22, según la cual, de conformidad con el artículo 15 del Código General del Proceso, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es la competente para conocer de los procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública.
Lo anterior, basado en que el origen de la obligación hipotecaria es un derecho real, por lo que no se activa ninguno de los tres supuestos contenidos en la cláusula de competencia establecida en el artículo 104.6 del CPACA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca es la autoridad competente para seguir conociendo la demanda ejecutiva con garantía hipotecaria presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca - IDEAR - contra Gabriel Alejandro Ruiz Fonseca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6589 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Arauca y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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